Los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias no representan censura, pero sí se extralimitan al otorgar atribuciones que no están previstas expresamente en la ley a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), afirmó el periodista, académico y especialista en medios Raúl Trejo Delarbre.
El experto señaló que el proyecto incorpora conceptos y procedimientos que podrían ampliar la intervención de la autoridad en contenidos informativos y en las decisiones de las defensorías de audiencias, pese a que la legislación vigente establece un modelo basado principalmente en la autorregulación de los medios.
Cuestiona la inclusión de las noticias falsas
Trejo Delarbre consideró indebido que los lineamientos incluyan referencias a información falsa, descontextualizada o presentada como actual cuando corresponde a hechos históricos. Explicó que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión reconoce el derecho de las audiencias a recibir información profesional y veraz, pero no establece que una autoridad deba revisar directamente la falsedad o verosimilitud de las noticias.
También advirtió que el documento no define un procedimiento específico para investigar esos casos. Por ello, sostuvo que la incorporación del concepto de información falsa constituye un exceso normativo, aunque no necesariamente implique una sanción automática para los medios.
La ruta de quejas y el papel de la CRT
De acuerdo con el académico, la ley contempla que las audiencias presenten sus inconformidades ante la defensoría correspondiente. Si la queja se considera fundada, la defensoría puede emitir una recomendación al medio de comunicación, dentro de un esquema de autorregulación.
Sin embargo, señaló que los nuevos lineamientos permitirían que una persona inconforme acuda posteriormente ante la CRT, lo que a su juicio ampliaría las facultades de un organismo gubernamental sin que esa atribución esté claramente conferida por la ley. Asimismo, cuestionó que la autoridad pueda supervisar o pronunciarse sobre las decisiones adoptadas por los defensores de las audiencias.
Dudas sobre posibles multas
Trejo Delarbre recordó que la legislación contempla multas de entre 0.01% y 1% de los ingresos de una empresa en determinados casos relacionados con los derechos de las audiencias. Según su interpretación, esas sanciones pueden aplicarse por incumplimientos como no contar con una defensoría o no elaborar un código de ética.
El especialista advirtió que el proyecto deja abierta la posibilidad de imponer sanciones por conductas adicionales que no estarían especificadas de manera expresa en la ley. Por ello, planteó que los lineamientos deben limitarse a desarrollar las disposiciones legales existentes y no crear nuevas causas de responsabilidad.
Separar información y opinión
Otro de los puntos que cuestionó es la obligación de distinguir entre información y opinión. Aunque reconoció que el principio puede parecer adecuado, consideró difícil separar por completo la información del enfoque personal de quien comunica, debido a que periodistas y conductores incorporan contexto y criterios propios al presentar los hechos.
El debate ocurre mientras la CRT mantiene en consulta pública una propuesta de lineamientos para fortalecer los derechos de las audiencias, incluidos los mecanismos de queja, los códigos de ética y las defensorías en radio y televisión. El Instituto Federal de Telecomunicaciones ya había aprobado en diciembre de 2024 lineamientos sobre estos mecanismos, antes de la reorganización institucional del sector.
Como conclusión, Trejo Delarbre propuso que la autoridad no intervenga en las decisiones de las defensorías, que las multas se mantengan dentro de las causas previstas por la ley y que se elimine la referencia a las noticias falsas si no existe un procedimiento legal claro para determinar cuándo se configura una infracción.

